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Qué me falta › Equipo obligatorio en moto

Equipo obligatorio para trabajar en ciclomotor (reparto y mensajería) desde el 1 de octubre de 2026

Si trabajas circulando, el Real Decreto 518/2026 te obliga a llevar puesto el chaleco reflectante en todas las vías, además del casco, los guantes fuera de ciudad y el calzado cerrado. Aquí tienes qué es obligatorio, dónde y qué comprar.

1 Tu caso

En ciclomotor para trabajar

QuéEn ciudadFuera de ciudad
Casco homologadoSí; el solo certificado vale hasta el 30 de septiembre de 2027
GuantesNo (recomendado)Sí
Calzado cerradoSíSí
Chaleco reflectantePuestoPuesto

En vigor desde el 1 de octubre de 2026. No llevar casco, guantes o calzado es infracción grave de la Ley de Tráfico: 200 €, 100 € con pronto pago (lo de los puntos, en las preguntas de abajo). Texto: Real Decreto 518/2026 en el BOE.

No hace falta casco, guantes ni calzado cerrado si tu ciclomotor tiene estructura de autoprotección y cinturones de seguridad, y así consta en su tarjeta de inspección técnica (ficha técnica).

Los precios son orientativos y los botones abren una búsqueda en Amazon.es; son enlaces de afiliado. Antes de comprar mira en la ficha la norma y la talla.

Obligatorio

193–515 € si no tienes nada
  • Casco homologado (Reglamento UNECE R22)Todas las vías
    Homologado conforme al Reglamento UNECE R22 y bien abrochado. En ciclomotor esto sí cambia: hasta ahora valía un casco solo "certificado", y puedes seguir usándolo hasta el 30 de septiembre de 2027. Mira la etiqueta de la correa: "E" en un círculo y un número que empieza por 05 o 06. (Art. 118.1.a RGC)
    90–250 € orientativo Buscar en Amazon.es
  • Guantes de protecciónVías interurbanas
    Obligatorios fuera de ciudad, para quien conduce y para el pasajero. El decreto deja que una orden de Interior fije sus especificaciones y aún no ha salido; mientras tanto valen guantes de protección "de las mismas características que los que se usan en la actualidad". Si vas a comprar, nuestra recomendación es que sean de moto con marcado CE según la norma EN 13594, la europea de guantes de motorista. (Art. 118.1.b RGC; norma recomendada EN 13594)
    25–60 € orientativo Buscar en Amazon.es
  • Calzado cerrado que cubra todo el pieTodas las vías
    En ciudad también: nada de chanclas ni sandalias. El decreto no exige calzado de moto, basta con que sea cerrado y cubra todo el pie; unas zapatillas o botas de moto (norma EN 13634) protegen tobillo y puntera y son lo que recomendamos. (Art. 118.1.c RGC)
    70–180 € orientativo Buscar en Amazon.es
  • Chaleco reflectante de alta visibilidadPuesto, en todas las vías
    Si trabajas circulando (reparto, mensajería) quien conduce tiene que llevarlo puesto, en ciudad y fuera; ir y volver del trabajo no cuenta como trabajar circulando. El decreto pide que sea un equipo de protección individual (EPI, con marcado CE); la referencia es la norma EN ISO 20471. Que se vea por encima de la mochila o el baúl de reparto. (Art. 118.4 RGC)
    8–25 € orientativo Buscar en Amazon.es

No es obligatorio, pero es lo que más protege

  • Chaqueta con proteccionesRecomendado
    Con protecciones en hombros y codos (EN 1621-1) y tejido que aguante el roce. La norma EN 17092 clasifica las prendas por clases: A, AA o AAA, de menos a más protección. (norma recomendada EN 17092)
    90–250 € orientativo Buscar en Amazon.es
  • Protector de espalda nivel 2Recomendado
    Muchas chaquetas traen el hueco pero no el protector, o uno de nivel 1. Se cambia en un minuto. (norma recomendada EN 1621-2)
    25–60 € orientativo Buscar en Amazon.es
  • Pantalón o vaquero con proteccionesRecomendado
    Rodillas y caderas. Si no quieres pantalón de moto, hay vaqueros con aramida y rodilleras; mira que la etiqueta diga EN 17092. (norma recomendada EN 17092)
    60–180 € orientativo Buscar en Amazon.es
  • Traje de lluviaRecomendado
    Mojado y con frío se conduce peor; el de dos piezas se guarda bajo el asiento.
    30–70 € orientativo Buscar en Amazon.es
  • Intercomunicador para el cascoOpcional
    Se permite si va integrado en el casco, es homologado o certificado y es para comunicarse o para las indicaciones del navegador, sin que afecte a la atención; música no. Auriculares, nunca. (Art. 18.2 RGC)
    50–200 € orientativo Buscar en Amazon.es

Esto no es asesoramiento legal: si te multan, lo que vale es el texto del BOE.

Equipo obligatorio en ciclomotor según el Real Decreto 518/2026. Lista hecha en https://quemefalta.es/moto/?vehiculo=ciclomotor&uso=trabajo

Otros casos

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo son obligatorios los guantes en moto?

Desde el 1 de octubre de 2026, por el Real Decreto 518/2026, que cambia el artículo 118 del Reglamento General de Circulación. Son obligatorios en vías interurbanas (las que van fuera de poblado: carreteras, autovías, autopistas), para quien conduce y para el pasajero; en ciudad no, aunque se recomiendan.

¿Qué guantes valen?

El decreto deja que una orden del Ministerio del Interior fije sus especificaciones, y todavía no ha salido. Mientras tanto valen guantes de protección "de las mismas características que los que se usan en la actualidad". Si vas a comprar, nuestra recomendación es que sean de moto con marcado CE según la norma EN 13594, la europea de guantes de motorista.

¿Puedo ir en moto con zapatillas?

Sí, si son cerradas y cubren todo el pie: el decreto exige calzado cerrado en todo tipo de vías, no calzado de moto. Chanclas y sandalias, no: el texto dice "que cubra todo el pie".

¿Hay que llevar chaleco reflectante en la moto?

Sí, desde el 1 de octubre de 2026 forma parte de la dotación obligatoria de las motocicletas (anexo XII del Reglamento General de Vehículos), y quien conduce tiene que ponérselo al bajarse en la calzada o el arcén de una vía interurbana. En ciclomotor de uso particular no es obligatorio. Quien trabaja circulando (reparto, mensajería) tiene que llevarlo puesto siempre, también en ciclomotor; ir y volver del trabajo no cuenta.

¿Cuál es la multa?

El decreto no fija cuantías: salen de la Ley de Tráfico. No usar el casco "y demás elementos de protección obligatorios" es infracción grave (artículo 76.h): 200 €, 100 € con pronto pago. Además quita 4 puntos (anexo II): seguro en el casco, y la misma redacción podría alcanzar a guantes y calzado, cosa que la DGT no ha aclarado. Si el pasajero va sin casco, la multa es para quien conduce (artículo 82.a). No llevar el chaleco a bordo de la moto sería, probablemente, infracción leve, de hasta 100 €.

¿Cambia algo del casco?

En moto, no: ya tenía que ser homologado. En ciclomotor sí: tiene que estar homologado según el Reglamento UNECE R22 (en la etiqueta, "E" en un círculo y un número que empieza por 05 o 06), y los cascos solo "certificados" se pueden seguir usando hasta el 30 de septiembre de 2027.

¿Puedo llevar auriculares o el móvil en el casco?

Auriculares no, y el móvil en la mano tampoco. Se permite un intercomunicador integrado en el casco, homologado o certificado, para comunicarse o para las indicaciones del navegador, siempre que no afecte a la atención; música no.

¿De dónde salen los precios?

Son horquillas orientativas que estimamos nosotros para gama de entrada y media en tiendas online (referencia: otoño de 2026). El botón abre una búsqueda en Amazon.es, no un producto elegido: mira en la ficha la norma (EN 13594, EN 13634, ECE 22.06) y la talla.